Acerca de las Regulaciones Aduanales Cubanas
(Para visitantes y turistas que viajan a Cuba)
PREGUNTAS
MAS FRECUENTES / FAQ
¿Qué se entiende por
efectos personales?
Se entiende por efectos
personales los artículos, nuevos o usados, que un viajero
pueda razonablemente necesitar para su uso personal en el
transcurso de su viaje, teniendo en cuenta todas las
circunstancias de este viaje y las estancias intermedias,
con exclusión de cualquier mercancía importada o exportada
con fines comerciales.
En el caso de viajeros que
arriben al país en condición de turistas, se entiende por
sus efectos personales aquellos artículos catalogados como
tales en la Convención de Facilidades Aduaneras al
Turismo
¿Puedo importar
medicamentos?
Todos los pasajeros pueden
importar hasta 10 kgs. de medicamentos los cuales deben
venir en sus envases originales y no estar expresamente
prohibidos o sujetos a permisos o licencias, si no se posee
el mismo. Por estos medicamentos no se pagarán derechos de
aduanas.
¿Cuándo debo llenar la
declaración de aduanas a la entrada al país?
La Declaración de Aduanas para
Pasajeros se llenará y presentará cuando se traen además de
los efectos personales, artículos que estén sujetos al pago
de derechos de aduanas, o cuando el pasajero porta dinero
en efectivo en cantidad superior a 5000.00 USD o
equivalente en otras monedas.
¿Cuáles artículos debo
declarar?
Deberán declararse, todos los
artículos que no forman parte de los efectos personales,
estén sujetos al pago de derecho o expresamente
exento.
Además:
Además de sus efectos personales podrán importar, pagando los derechos de aduanas que correspondan, artículos nuevos o usados hasta un valor máximo de $1,000.00 (mil).
¿Qué pasa si importo artículos por más de $1,000.00?
Los artículos que se excedan del valor máximo permitido ($1,000.00) estarán sujetos al decomiso.
¿Cuánto es el importe o arancel que se aplica a los artículos que no clasifican como efectos personales?
Los artículos que importen los pasajeros en exceso de los cincuenta pesos con noventa y nueve centavos ($50.99) y hasta un valor de mil pesos ($1 000.00), pagarán una tarifa progresiva en correspondencia con el valor de la importación, como se establece a continuación:
Lo que Ud. paga a la compañía transportista es el costo del exceso de equipaje (flete) con que está viajando. Todo viajero, de acuerdo a la clase en que viaje, tiene derecho a una determinada cantidad de kgs como peso máximo de equipaje, por encima del cual debe pagar una tarifa. Sin embargo, lo que Ud. debe pagar en la Aduana son derechos de aduanas, los cuales son fijados a partir del valor de la mercancía que se importe.
¿Cuánto es el impuesto de aduanas que se aplica a los artículos que se exportan?
En Cuba, las exportaciones no están gravadas con ningún arancel.
¿Cuántos tabacos torcidos pueden exportarse sin presentar la Factura de Compra?
Pueden exportarse hasta 50 unidades de tabacos torcidos sueltos o en sus envases, sin tener que presentar Factura de Compra.
¿Cuántos equipos de un mismo tipo puedo importar?
Puede, en cada viaje, importar hasta 2 equipos de cada tipo siempre que no exceda el límite en el valor establecido. Ej.: 2 DVD, 2 Play Station, 2 VCD, 2 TV, 2 refrigeradores, 2 equipos de sonido, etc. El exceso se decomisa.
¿Cuántas veces puedo hacer importaciones como pasajero?
Cada vez que viaje.
¿Puedo importar un equipo que requiera permiso de autoridad competente, llevarlo conmigo y gestionar el permiso después de mi arribo a Cuba?
No. El permiso tiene que ser gestionado y obtenido antes de embarcarse hacia Cuba.
¿Pueden realizar importaciones de artículos a Cuba los menores de edad en su condición de pasajeros?
Para que un menor pueda realizar importación en su condición de pasajero debe tener los 10 años cumplidos y hacerse representar por una persona mayor de edad. Los menores de 10 años no pueden realizar importación. Sólo pueden traer consigo los efectos personales propios de su edad.
¿Puedo llevar conmigo
animales de compañía (mascotas)?
Usted puede traer consigo a
Cuba mascotas(perros, gatos, etc..), siempre que estén
acompañados del correspondiente Certificado de Salud y de
Vacunación que corresponda emitido por la autoridad
sanitaria del país de procedencia. En todos los casos la
autorización la otorga en la frontera la autoridad
médico-veterinaria de Cuba la que lo determina teniendo en
cuenta el certificado de Salud y Vacunación que se
presente, las condiciones de salud del animal y el país de
origen, para eximirlos de la cuarentena.
Cuando se
trate de un animal de las especies en peligro de extinción
protegidos por la Convención Sobre el Comercio
Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna
Silvestre (CITES), se exigirá además el certificado CITES
emitido por la Autoridad del país de origen.
¿Un turista puede importar
artículos que no clasifiquen como efectos
personales?
Puede importar artículos
conforme a lo establecido para todos los pasajeros en
cuanto a límite en valor, tarifa aplicable, cantidad de
artículos y moneda de pago.
¿Qué artículos puedo
importar exentos del pago de derechos?
Productos farmacéuticos
elaborados, sillas de ruedas para inválidos, libros
científicos, técnicos, de arte y literatura; partituras
musicales; discos, cintas magnetofónicas, vistas fijas y
películas cinematográficas para la enseñanza; prótesis,
cuando reemplacen o sustituyan un órgano o parte de él; y
los equipos, libros o materiales destinados para
ciegos.
Las medallas, condecoraciones y
los premios concedidos en el extranjero, y los productos
que como regalos o premios reciban los ciudadanos cubanos
por su condición de científicos, deportistas, artistas u
otra, siempre que se demuestre su origen con el documento
correspondiente.
Cortesía de www.puertopadre.net
Para más información vaya a :
http://www.aduana.co.cu
Actualizado Mayo/2008